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Chincheta Autor Tema: La justicia europea exige que la indemnización sea igual para temporales y fijos  (Leído 1773 veces)

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El Tribunal de Justicia Europeo ha dictado una sentencia en la que afirma que no existe "una razón objetiva" para justificar una "diferencia de trato" entre los trabajadores con contrato temporal e indefinido. Considera que es discriminatorio que los contratos fijos tengan una indemnización superior a la de los contratos temporales, es decir, de 20 días por año trabajado frente a 12 días para los de duración determinada. Este fallo podría obligar a modificar el Estatuto de los Trabajadores, porque el tribunal reconoce que los trabajadores temporales tienen derecho a percibir una indemnización de 20 días por año trabajado como los fijos. Desde Empleo, sin embargo, relativizan la sentencia con fecha del 14 de septiembre. En declaraciones a EL MUNDO, aseguran que el lenguaje del fallo es difuso y que su gabinete jurídico lo está estudiando en profundidad para emitir un informe. Asimismo, sostienen que se podría referir más bien a la dualidad entre interinos y no interinos. El caso que juzga la sentencia afecta a un contrato de interinidad, una modalidad contractual temporal que no tiene derecho a indemnización, a diferencia de los contratos por obra y servicios, eventuales y por circunstancias de la producción que sí perciben una indemnización de 12 días.La sentencia resuelve una cuestión prejudicial formulada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre la conformidad de la legislación española en el tratamiento de la indemnización por la extinción de contrato de los trabajadores temporales con el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, suscrito por la Confederación Europea de Sindicatos, el 18 de marzo de 1999, con las organizaciones empresariales europeas.DiscriminaciónLa sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE considera que es discriminatoria la legislación española con los trabajadores temporales, al no otorgar una indemnización equivalente a la de los trabajadores fijos cuando se extingue la relación laboral. Por eso, exige a los tribunales españoles que cuando resuelvan procesos reconozcan una indemnización a los trabajadores temporales equivalente a la establecida para el despido por causas objetivas, es decir, de 20 días por año de trabajo. A la vista de este fallo, CCOO emplaza al Gobierno en funciones y a las fuerzas políticas "a promover una reforma legal urgente que ajuste nuestra legislación al marco europeo" y asegura que "promoverá las acciones judiciales necesarias para asegurar el pago de la indemnización a la totalidad de trabajadores que han visto extinguido su contrato en el último año". El sindicato subraya que se trata de un pronunciamiento judicial que tiene enormes repercusiones en nuestro sistema de relaciones laborales y que genera efectos directos sobre los trabajadores sujetos a un contrato temporal, al posibilitar que puedan ver recibir una indemnización cuando concluya su contrato de trabajo."Se trata de una medida que afecta a casi cuatro millones de trabajadores y trabajadoras, y que tiene efectos indudables para corregir uno de los elementos más perniciosos de nuestro sistema de relaciones laborales, como es un índice de temporalidad desproporcionado, y una falta de protección efectiva de los trabajadores temporales" cuando son despedidos, añade CCOO.Para el sindicato que lidera Ignacio Fernández Toxo, supone, en definitiva, que se tengan que "equiparar los costes del despido de los trabajadores temporales a los fijos". "De este modo", precisa el sindicato, se eliminará "la enorme distorsión que viene generando nuestra legislación laboral que de forma tradicional se fundamenta en la absoluta desprotección de los trabajadores temporales ante el despido".

Buenas noticias, a primera lectura, si que es verdad que el caso tratrado es de un contrato de interinidad, pero sigue siendo un buen comienzo.

Un saludo.
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al Ministerio de Defensa a indemnizar a una trabajadora interina como si de un empleado fijo despedido se tratase. El Alto Tribunal secunda así la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 14 de septiembre, cuando éste se pronunció sobre el caso de la interina Ana de Diego Porras a petición del propio TSJM. "No se puede discriminar" a la trabajadora en lo referente a la indemnización por su tipo de contrato, falla el TSJM. Hace así suya la interpretación del tribunal europeo, que argumentó en septiembre que no existe "una razón objetiva" para justificar tal diferencia de trato a la hora de despedir a la afectada. Es más, el TJUE fue en su sentencia mucho más allá, al considerar que la legislación española es discriminatoria con los trabajadores temporales, al no otorgarles una indemnización por despido objetivo equivalente al de los fijos. Es decir, de 20 días por año trabajado. "Tiene derecho a igual indemnización que la que correspondería a un trabajador fijo comparable de extinguirse su contrato por otra causa objetiva", sostiene el TSJM en la sentencia, que incluso cita el artículo 21 de la Carta de Derechos de Fundamentales de la Unión Europea, que prohíbe cualquier tipo de discriminación. El tribunal se muestra bastante duro con la legislación española en el fallo: "Nuestra ley aboca al pernicioso efecto de que trabajadores con idéntica antigüedad y que realizan similar trabajo son tratados de manera divergente cuando el contrato se extingue".Con todo, el TSJ de Madrid condena al Ministerio de Defensa a pagar a Ana de Diego Porras una indemnización de 6.141,85 euros, a razón de 20 días por año trabajado. La afectada sustituyó durante siete años y dos meses a una liberada sindical. Al volver ésta última a su puesto de trabajo, en 2012, De Diego fue despedida sin indemnización.Por ello, la interina demandó tal situación ante el Juzgado de lo Social número uno de Madrid, que en 2013 dedujo que las actuaciones habían sido las correctas. Ahora, el TSJM estima en parte el recurso presentado por De Diego, que consideraba que su despido había sido improcedente. El Alto Tribunal sostiene que su despido ha sido objetivo, porque el regreso al puesto de la trabajadora a la que sustituía "evidencia la necesidad de extinguir la relación laboral".Reunión de sindicatos y patronalEl secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, señaló el martes que la sentencia europea sobre indemnizaciones a temporales será uno de los temas que "probablemente" traten sindicatos y patronal en una reunión que tendrá lugar mañana.En declaraciones a los periodistas, Toxo aseguró que es un encuentro de los que periódicamente se suelen mantener y que la sentencia europea "probablemente" tendrá cabida, ya que es un asunto "candente".En este sentido, indicó que desde CCOO "estamos muy interesados en ver si somos capaces de gobernarlo juntos" y confirmó que ha tenido un contacto sobre este asunto con la ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones, Fátima Báñez, pero que "no ha ido más allá de primeros comentarios al respecto".Para Toxo, la directiva europea de la que se deriva la sentencia europea sobre indemnizaciones a fijos y temporales debe trasladarse al ordenamiento jurídico español "en su literalidad", es decir, que eventuales e interinos tengan las mismas condiciones que los trabajadores fijos.Además, el líder sindical explicó que estamos en "un momento de impasse político" y el encuentro del jueves "también puede ser provechoso para hablar de proyectos de futuro".Respecto a tratar la subida salarial para 2017 en esa reunión, "no me parece que haya que llevarlo al máximo nivel", puntualizó Toxo, pues ya hay una mesa de negociación al respecto en la que se está abordando y hasta diciembre "tenemos todavía plazo para fijar la política salarial". Una "solución dialogada" Al hilo de la sentencia europea, la ministra de Empleo en funciones, Fátima Báñez, afirmó el martes que su Departamento sigue estudiando el fallo para su "encaje" en el ordenamiento jurídico español y ha insistido en que su intención es la de buscar una "solución dialogada" con los agentes sociales, las comunidades autónomas y los partidos políticos. Recordó que el PP ha presentado una proposición no de ley en el Congreso en la que insta a abrir un debate para adecuar la legislación española al fallo europeo con la idea de incrementar la seguridad de las empresas y la protección de los trabajadores. La ministra quiere diálogo porque, según dice, habría que cambiar un contrato, el de interinidad, que no se ha modificado desde que se aprobó el Estatuto de los Trabajadores en 1980. "Es una decisión que trasciende a un Gobierno", ha dicho al respecto. Báñez ha afirmado que una de las posibles soluciones para adaptar la sentencia del TJUE al ordenamiento jurídico español ya venía recogida en el acuerdo de investidura al que llegaron PP y Ciudadanos y del que la ministra ha dicho que se pactó con "vocación de permanencia", sobre todo si se tiene en cuenta que en él se incluyen un centenar de medidas que "le valdrían también al PSOE". La legislación actual no contempla ninguna indemnización para los interinos al acabar su contrato pero sí para los trabajadores temporales (12 días por año). Ahora bien, cuando entran en juego las causas, la cosa cambia, pues si el interino es despedido por causas objetivas tiene derecho a una indemnización de 20 días por año y si el despido es improcedente, de 33 días por año de servicio.

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