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Chincheta Autor Tema: JUBILACION AÑO 2.015  (Leído 54372 veces)

10/04/2015, 23:32 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#30
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lo que debes en este caso , llevar cuidado, no vaya a ser, que te quieran cambiar de una empresa a otra, sin imdenización y perdiendo todos tus derechos-
 Si la empresa donde trabajas, cierra por jubilación, al ser una S,A. tienes derecho a una imdenizacion de 20 dias x año trabajado , como bien te ha dicho Victogros, pero para ahorrarse ese dinero, suelen poner entre la espada y la pared, al trabajador, para que acepte el cambio de empresa, asegurandole de la palabra una continuidad de trabajo, que en la mayoria de casos es mentira y cuando pasan unos meses, suelen despedir al personal que les sobra y la indemnizacion es ridicula, ya que con la nueva empresa, no se te reconoce esa antiguedad.
11/04/2015, 00:43 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#31
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Muchas gracias voy a tener muy en cuenta tu esplicacion tanbien y haber que pasa gracias de nuevo por asesorarme ahora me siento más preparado
11/04/2015, 00:52 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#32
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Otra pregunta es posible que la empresa se pueda cambiar de S.A. a empresa individual en un corto plazo para ahorrar  indemnizar  y si así fuera podría denunciarlo
11/04/2015, 08:16 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#33
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Otra pregunta es posible que la empresa se pueda cambiar de S.A. a empresa individual en un corto plazo para ahorrar  indemnizar  y si así fuera podría denunciarlo

este es un tema fiscal, no laboral, pero hasta donde yo se, es posible pasar de autonomo a empresa, pero no he visto nunca el caso contrario , por lo que creo que no es posible, que la empresa sino sigue como empresa, se debe de liquidar y dar de baja del impuesto de sociedades .

saludos
11/04/2015, 08:53 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#34
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Hola gracias por tu respuesta tan rápida me siento informado y arropado con vuestras opiniones ya os informare de como va la cosa saludos y gracias nuevamente
11/04/2015, 09:12 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#35
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Buenos dias: solo añadir a lo expuesto por mi amigo Meca, que es correctisimo, es que en el hipotetico caso que la empresa optara por la via de pasar de sociedad a empresa individual, a la vez que acarrea un trabajo enorme y un coste bastante elevado, cualquier juez del juzgado de lo social y faltando tan poco tiempo para la supuesta jubilacion del empresario, daria la razon a los trabajadores y sentenciaria que dicho cambio se ha hecho en presunto fraude de ley, lo que esta podria llegar a otras sanciones y no tan solo economicas para el empresario, por lo tanto ojo avizor, cuidado con lo que firmas y antes de hacer nada, consulta con un asesor laboral, abogado laboralista, etc.

Un saludote amigo y ya nos mantendrás informado.
11/04/2015, 09:19 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#36
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Gracias amigo me andaré con pasos de plomo y antes de firmar cualquier propuesta buscare asesoramiento en un abogado y por supuesto el vuestro ya que tanto me habéis informado
17/05/2015, 09:18 -

Re:JUBILACION AÑO 2.015

#37
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Hola muy buenas tengo más información sobre mi caso resulta que u compañero esta de baja por accidente tiene eso que ver a la hora de jubilarse  mi jefe o de lo contrario se podría jubilar sin problema  esta es mi cuestión gracias
17/05/2015, 09:30 -

Re:JUBILACION AÑO 2.015

#38
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si tu jefe, le llega la hora de la jubilación, se puede jubilar, y el trabajador accidentado, seguira cobrando de la mutua, mientras esté de baja, pero no perdería ninguno de los derechos
18/05/2015, 09:49 -

Re:JUBILACION AÑO 2.015

#39
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Gracias otra vez meca me estoy poniendo al día en todos los asuntos
07/06/2015, 22:23 -

Re:JUBILACION AÑO 2.015

#40
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vemos demasiada televisión y no tenemos niños no se quien va apagar las futuras jubilaciones, ya son difíciles de pagar pues los jubilados como yo nos llevamos el 55 % del presupuesto general, esto se esta poniendo feo   
26/06/2015, 16:29 -

Re:JUBILACION AÑO 2.015

#41
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Excelente sección... Felicidades...!!!
En Enero del 2016, me llega "el destino forzoso de los mayores"...
Se me ocurren muchas preguntas y dudas... recopilare la información laboral que tengo... y haré uso de este foro...
espero contar con vuestra ayuda
gracias de antemano
marcel antonio

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