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Chincheta Autor Tema: JUBILACION AÑO 2.015  (Leído 54537 veces)

16/12/2014, 09:00 -

JUBILACION AÑO 2.015

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LOS MAYORES DE 45 AÑOS CONOCERAN SU FUTURA PENSION EN EL AÑO 2.015

Entre las medidas que todavía quedan pendientes de aplicar de las incluidas en la reforma de las pensiones se encuentra la del envío a domicilio de la información sobre qué pensión le quedará al trabajador en el futuro.

 La Seguridad Social se encuentra en plena preparación de esas misivas. Los primeros a los que llegará será a los mayores de 50 años, a final de este año. Durante 2015, conocerán esa información los mayores de 40 años. Y ya en 2016 la recibirán todos los trabajadores que acrediten cinco años de cotización.

En la carta, que se enviará por correo ordinario al domicilio del trabajador, vendrá reflejada la expectativa de pensión. Esto es, una cantidad teórica de la cuantía de la prestación, basada en las cotizaciones efectuadas hasta esa fecha y suponiendo que estas no varíen en el futuro. La información se desglosará en pensión mensual y anual, en euros constantes, es decir, sin tener en cuenta la inflación. También vendrán otros datos: la fecha prevista de jubilación y los años de cotización necesarios para acceder a la pensión.

Yo todavía no he recibido nada de nada y me encuentro en el primer grupo  ;)

Es una información que a la gente con un trabajo estable (palabra rara en estos momentos), les será de utilidad, al resto de las personas serán más o menos orientativa, menos que más en estos duros momentos en que el trabajo a parte de ser escaso, es ínfima calidad y duración.

Un saludote a todos.
16/12/2014, 19:32 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#1
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cosa que cada dia se pone mas dificil para los jovenes, que les cuesta encontrar empleo, por eso yo, con 61 años, he aprovechado la oportunidad y ya tengo (creo que asegurada) una jubilacion del 75% y si todo se cumple durante los proximos 4 años, la tendré asegurada al 100%


saludos
16/12/2014, 19:49 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#2
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Gracias por la información muy interesante yo tengo 60 y me gustaría tener esa información.
16/12/2014, 20:16 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#3
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cosa que cada dia se pone mas dificil para los jovenes, que les cuesta encontrar empleo, por eso yo, con 61 años, he aprovechado la oportunidad y ya tengo (creo que asegurada) una jubilacion del 75% y si todo se cumple durante los proximos 4 años, la tendré asegurada al 100%


saludos

Por lo que comentas, me imagino que te has jubilado parcialmente y la empresa ha cojido una persona para que realize la jornada que tu no trabajas, es decir, tu trabajaras un 25% en computo anual y el sustituto trabajará el 75% ó 100% tambien en computo anual, se puede agrupar en uno o varios periodos, es una jubilación tendente a la desaparición por un motivo esencial, gradualmente el seguro del sustituto y el tuyo serán igual de caros como si los dos trabajarais a jornada completa, la seguridad social no vé con buenos ojos este tipo de jubilación y la quiere eliminar, por lo tanto si te has cojido a ella lo has hecho en el momento oportuno.
Un saludote.
16/12/2014, 21:21 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#4
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efectivamente, se, que se esta hablando de ese tema, y de que quieren eliminar este tipo de jubilaciones parciales, por eso la he cogido, a mi la unica preocupacion que tengo , es que el dueño de la empresa, ya tiene 80 años y no se si aguantara con la empresa abierta esos cuatro años, que me falta para la jubilacion total , pero dia que pasa, dia que gano.

saludos
16/12/2014, 21:30 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#5
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Esperemos que aguante socio, porque si no cumpliera con la condición de mantener durante el tiempo necesario para que tú llegues a la edad legal de jubilacion ( 65 años), la seguridad social se podría negar a pagarte el 100% de la jubilación, en este caso sería el empresario el responsable de pagarte mientras estés entre nosotros (esperemos que muchos años) la diferencia de importe de dicha pensión, pero sería un asunto muy muy peliagudo.

Un saludote y esperemos que vaya todo bien.
17/12/2014, 09:09 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#6
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a mi de lo que mehan informado, es que si aguanta, dos años mas, los siguientes dos años, se haria cargo de mi situacion, el desempleo y así llegaria a los 65,y todo arreglado, que por eso me anime yo, pues dos años pasan sin darse cuenta

muchas gracias por tu información
17/12/2014, 10:25 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#7
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a mi de lo que mehan informado, es que si aguanta, dos años mas, los siguientes dos años, se haria cargo de mi situacion, el desempleo y así llegaria a los 65,y todo arreglado, que por eso me anime yo, pues dos años pasan sin darse cuenta

muchas gracias por tu información

Me lo voy a mirar, porque no lo veo nada claro lo que me comentas, pero al ser una situación bastante atípica lo voy a mirar con cariño, por tu propio bien que aguante los cuatro años ;).

Un saludote y si encuentro algo te lo comunicaré.
17/12/2014, 10:49 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#8
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Subo un documento super interesante, que habla del caso de incumplimiento del empresario y de otros supuestos, efectivamente en caso de que la empresa se fuera al cielo, con una E.R.E. por ejemplo, el trabajador sustituido podría pasar a situación de desempleo, igual que el trabajador sustituto, al ser la causa del cese procedente, siempre que la E.R.E. sea aprobada por la autoridad laboral, leetelo y cualquier duda me lo comentas.
Un saludote.
30/12/2014, 15:28 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#9
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tengo 52 años jornalero peon de albañil mozo fontanero pero sin aseguras cuando tenia 26 años total 21 años y medicen que tengo que trabajar con una expondilite anqilosansate parches de morfina y friromialgia que siga hasta los 67 yo no llego me faltan mas y la gente jovennole dan nada pues que sigan  que les vas bien
19/01/2015, 22:28 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#10
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Hola viendo este post entiendo que andas al dia del tema, mi pregunta es: cumplo 63 años a primeros del 2018 y me gustaria jubilarme perdiendo creo que un 6% anual, osea un 12% al ser 2 años, sbes si en esa fecha estara en vigor esa ley o terminara antes, gracias
19/01/2015, 22:32 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#11
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Buenas noches compañero: Esperemos que así sea, yo quiero hacer igual que tú y será un poco más tarde, soy un poquitín más joven que tú, lo del 6% anual no es exactamente así, lo primero que tendría que saber es cuanto años llevarás cotizados cuando llegues a los 63 años y te podré decir exactamente cuanto te ván a quitar por trimestre que te falte para llegar a los 65 años, para poder optar a la jubilación voluntaria anticipada debes llevar como mínimo cuando cumplas 63 años, 35 años cotizados.

Coeficientes reductores jubilación anticipada 

Menos de 38 años cotizados: 2% por trimestre que falte para llegar a los 65 años.   
 Entre 38,5 y 41,5 cotizados:  1,875% por trimestre que falta para llegar a los 65 años.
Entre 41,5 y 44,5 cotizados:  1,7% por trimestre que falta para llegar a los 65 años.     
De 44,5 para adelante:           1,625% por trimestre que falta para llegar a los 65 años.
Espero haberte contestado a todas tus dudas, cualquier cosa ya sabes, andamos por la red.

Un saludote.

Espero haberte contestado a todas tus dudas, cualquier cosa ya sabes, andamos por la red.

Un saludote.
« Última modificación: 20/01/2015, 08:56 por victorgros »
20/01/2015, 19:14 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#12
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Gracias por tu respuesta, y tan rapida, si con esa respuesta quedo plenamente enterado sera un 1,7 por trimestre ya que llevare, espero, 41 año y 6 meses, gracias por tu información, saludos
20/01/2015, 19:28 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#13
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pero yo creo que te puedes acoger a una jubilacion parcial (como he hecho yo) y no pierdes nada, habla con la empresa y por trabajar solo unos pocos días al año, tienes cubierto tu 100%

claro que si la empresa,no quiere meter a nadie en tu puesto, lo tienes dificil.

20/01/2015, 20:43 -

Re: JUBILACION AÑO 2.015

#14
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pero yo creo que te puedes acoger a una jubilacion parcial (como he hecho yo) y no pierdes nada, habla con la empresa y por trabajar solo unos pocos días al año, tienes cubierto tu 100%

claro que si la empresa,no quiere meter a nadie en tu puesto, lo tienes dificil.



Hola socio, tú la cojiste en el momento idoneo y oportuno, ahora mismo no hay ninguna empresa que quiera acojerse a este tipo de contrato, porque han cambiado las condiciones y dentro de muy poco tiempo, tener a 2 personas (el sustituido y el sustituto) pagaran 2 seguros como si los dos estuvieran a jornada completa, es una jubilación que es tendente a desaparecer y además el gobierno está totalmente en contra de ella, de ahí que haya endurecido las condiciones para acojerse a ella.

Un saludote también para tí.

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