Buenas noches compañero: vamos por partes.
1) cerrar el negocio, es darse de base de I.A.E., baja en el ayuntamiento y baja de autonomos por cierre de negocio.
2) a menos que con el seguro de autonomo pague para poder cobrar desempleo no tiene derecho a nada, lo más normal es que esté pagando el mínimo, no tendrá derecho a ninguna prestación.
3)Si de ahí a cuando se jubile (que por la edad que tiene y los años que lleva cotizados será a los 67 años) y si de hoy hasta dentro de 12 años no nos han cambiado la ley de jubilación (que es mucho decir) tendría derecho a la jubilación mínima de mayores de 67 años con conyugue a cargo ó no, si está casado y la mujer trabaja o no.
Espero haberte resuelto todas las dudas.
Un saludote compañero.