Expediente sancionador contra Telefónica
POR LA PRESUNTA DISCRIMINACIÓN EN LOS TIEMPOS DE RESOLUCIÓN DE AVERÍAS
La CNMC ha incoado un procedimiento sancionador contra Telefónica porque
podría haber incurrido en distintas conductas discriminatorias frente a sus
competidores, empeorando los tiempos de provisión y de resolución de averías de
los servicios mayoristas NEBA cobre y bra, en diferentes periodos de tiempo
durante los meses analizados (enero de 2017 y marzo de 2018).
A partir de los datos analizados por la CNMC, se han hallado indicios sucientes
de que Telefónica habría incumplido la obligación de no discriminación que tiene impuesta dada su posición como operador con poder signicativo de mercado en los
mercados mayoristas de banda ancha.
En concreto, Telefónica debe prestar “a terceros recursos equivalentes a los
que se proporciona a sí misma (…) en las mismas condiciones y plazos”. Las condiciones y plazos están recogidos en las ofertas mayoristas aprobadas por la CNMC.
La obligación de no discriminación que tiene impuesta Telefónica se reere
tanto a la calidad del servicio como a los plazos de entrega y demás condiciones del
suministro, con independencia de la ubicación física. Telefónica habría suministrado
servicios y reparado averías de sus propios clientes en mejores plazos que los
registrados para la provisión y mantenimiento de los servicios mayoristas prestados
a los operadores alternativos.
Los indicios hallados en el marco del expediente sobre la realización de la citada
presunta práctica discriminatoria indican que Telefónica podría haber incurrido en
una infracción muy grave de la Ley General de Telecomunicaciones.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado nal
de la investigación. Se
abre ahora un periodo máximo de un año para la instrucción del expediente y para
su resolución por la CNMC