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Chincheta Autor Tema: INTERESANTE NOTICIA SOBRE PRESTACION POR DESEMPLEO  (Leído 2492 veces)

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EL JUEZ DE LA RAZON A UN TRABAJADOR AL QUE DENEGARON EL PARO TRAS TRABAJAR UN DIA


 

El juzgado de lo social nº 2 de Vigo ha dado la razón a un vecino de la ciudad al que el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) denegó la prestación por desempleo tras trabajar un día. Con anterioridad había cotizado en el régimen general 7.092 días y había trabajado jornadas aisladas para esa misma empresa. La justicia revoca la resolución del organismo estatal y declara que Roberto M. tiene derecho a cobrar el paro que le corresponda tras cesar en el trabajo el 14 de marzo del 2014.

En los fundamentos de derecho el juez alega que de su vida laboral se desprende que «o demandante mantén unha dilatada vocación por estar empregado». Por tanto, considera que el Servicio Público de Empleo Estatal no probó la existencia de fraude y no es suficiente con presumirlo.

El SPEE fundamentó la negativa a conceder la prestación por desempleo en que el contrato temporal en el que cesó «se concertó en fraude de ley para acceder a la protección tras un cese voluntario». Alegaba que del análisis del expediente y de sus antecedentes «se deducen indicios suficientes para presumir que en la contratación realizada solo se han cumplido los requisitos legales de una manera formal con la intención de obtener el disfrute indebido de la prestación por desempleo».

El demandante, Roberto M., cotizó casi veinte años a la Seguridad Social con anterioridad y el 31 de enero del 2014 se extinguió de forma voluntaria un contrato laboral de algo más de cuatro años de duración. Fue catorce días más tarde cuando prestó sus servicios por un día a una sociedad mercantil que suele llevar acabo este tipo de contrataciones, como quedó acreditado con nombres y apellidos.

La demanda hace constar los muy escasos períodos en los que el trabajador percibió la prestación por desempleo a lo largo de su vida activa, lo cual pone de relieve la diligencia empleada siempre para acceder al mercado laboral. También deja claro que la entidad para la que trabajó un día, del sector de la producción, desarrolla actividades de muy breve duración que dan lugar a contrataciones efímeras de entre uno y cinco días. Recuerda que, según la ley, se encuentran en situación de desempleo quienes extingan su relación laboral por «expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, siempre que dichas causas no hayan actuado por denuncia del trabajador».

Desde marzo, en que fue denegado el cobro del paro, hasta el pasado noviembre en que el juzgado de lo Social de Vigo dictó sentencia, el trabajador no ha podido recibir prestación alguna. La primera la recibió ya en diciembre.

El 27 de ese mes solicitó a través de Internet una cita previa para la tramitación de prestaciones y cual no sería la sorpresa de Roberto M. cuando le fue concedida para el 8 de enero debido a la falta de personal por vacaciones.

Que la intención de este ciudadano vigués no es aprovecharse de la prestación por desempleo lo demuestra que ya está de nuevo trabajando, por lo que, como en ocasiones anteriores, ha quedado interrumpida la percepción en concepto de paro.

Fuente: La Voz de Vigo

P.D.: Siempre tenemos la presunción de inocencia, sin embargo las instituciones de este país siempre piensan que todo lo que hacemos es en fraude de ley, para acogernos a cualquier beneficio, bravo por esta persona por llevar hasta el juzgado correspondiente y demostrar fehacientemente que no estaba engañando a nadie.

Un saludote compañeros.
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asi es , a veces pagan justos, por pecadores, sabemos que esa practica, alguien la hace, pero no todos somo iguales.....


saludos

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