Buenos días,de nuevo,por aquí ando de nuevo,una pregunta,puedo yo solicitar esta ayuda?,estos son los requisitos:
Requisitos de los beneficiarios
• Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período
de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
• Ser menor de 65 años.
• No tener derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, ni a la renta agraria.
• No tener ingresos propios, en cómputo mensual, superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesioal (SMI)
excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
• Que la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, (usted, su
cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos), dividida por el
número de miembros que la componen no supere el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos
pagas extraordinarias.
• No haber sido beneficiario del Programa de Renta Activa de Inserción en los 365 días naturales anteriores a
la fecha de solicitud del derecho a la admisión del programa, salvo en el caso de víctimas de violencia género
o víctimas de violencia doméstica y personas con discapacidad.
Si Ud. es desempleado de larga duración
• Tener 45 o más años de edad.
• Haber extinguido una prestación contributiva o subsidio por desempleo, salvo por sanción.
• Estar inscrito ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más
meses. Se considera interrumpida la demanda si se ha trabajado 90 o más días en el año anterior a la fecha
de solicitud o si se ha salido al extranjero.
En ambos casos de interrupción de la demanda se exigirá un periodo de 12 meses ininterrumpido desde la
nueva inscripción.
No se considerará interrumpida la inscripción por trabajo inferior a 90 días y cuando el solicitante acredite que
la salida al extranjero ha sido por una estancia igual o inferior a 15 días y se ha producido por:
* Matrimonio.
* Nacimiento de hijo.
* Fallecimiento o enfermedad grave del cónyuge o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o
afinidad.
* Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.
Tampoco interrumpirá la inscripción la salida a países del Espacio Económico Europeo y Suiza, siempre que
la estancia sea inferior a 90 días, para la búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o
cooperación internacional.
Creo que si podría,pero no estoy seguro,mi edad es de 42 años,y creo que cumplo con los requisitos del principio del hilo,
¿Que opinas?
Salu2