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Chincheta Autor Tema: Subsidio para mayores de 45 años del SEPE: de cuánto es, requisitos, solicitud  (Leído 981 veces)

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Subsidio para mayores de 45 años del SEPE: de cuánto es, requisitos y cómo solicitar.

Para las personas mayores de 45 años sin cargas familiares, el SEPE ofrece un subsidio cuando dejan de cobrar el paro.



El Servicio Público de Empleo Estatal ofrece varios subsidios diferentes para aquellas personas que hayan dejado de cobrar el paro, entre ellas, el subsidio para personas mayores de 45 años sin cargas familiares.

Este subsidio está dirigido a personas trabajadores que han agotado la prestación contributiva, tienen 45 años o más y no tienen responsabilidades familiares a su cargo.

Cuantía

La cuantía mensual corresponde al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que, actualmente, es de 430,27 euros.

Desde la reforma laboral del año 2012, la cuantía del subsidio se percibe en proporción a las horas trabajadas en el caso de haber perdido un trabajo a tiempo parcial. Si el último contrato fue de media jornada, se cobraría el 50% del subsidio.

Duración

Este subsidio tiene una duración de seis meses, aunque en el caso los trabajadores fijos discontinuos, la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.

Requisitos

Para percibir este subsidio es necesario:

    Estar en desempleo.
    Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes (y mientras se perciba el subsidio) desde el agotamiento de la prestación por desempleo, concretamente, la fecha en que finaliza la prestación que siempre es anterior a la fecha de cobro de esta.
    No haber rechazado en este período una oferta de colocación o haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
    Suscribir el compromiso de actividad, que consiste en buscar activamente empleo, aceptar una colocación adecuada y participar en acciones específicas de motivación, información, orientación, formación, reconversión o inserción profesional, para aumentar las posibilidades de obtener un puesto de trabajo.
    Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
    Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva.
    No tener rentas, de cualquier tipo, superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, aunque se excluye la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias. Estas rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto.

¿Cómo y cuándo solicitarlo?

Para solicitarlo es necesario el modelo oficial de solicitud de la prestación, el documento de identificación de la persona, un documento bancario en el que aparezca la cuenta de la que el solicitante es titular y si la entidad gestora lo solicita, un justificante de rentas.

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera y este comienza a contar a partir del día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva.

Si se presenta la solicitud transcurrido el plazo citado, el derecho nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud y se reducirá su duración tantos días como haya entre el primer día en que estaba disponible el derecho y el día en que se formulase la solicitud.

La solicitud se podrá presentar a través de la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones (tras obtener una cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.

Diferencias con la renta para mayores de 52 años

El SEPE ofrece también un subsidio para aquellas personas mayores de 52 años que también hayan agotado su prestación por desempleo y cumplan todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación: haber cotizado por jubilación 15 años (dos de los cuales han de estar dentro de los últimos 15) y que ha cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.

En caso de que una persona cumpla los requisitos para ambos subsidios, percibirá la prestación para personas mayores de 45 años.

« Última modificación: 11/10/2020, 12:38 por duke »

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