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Chincheta Autor Tema: Entra en vigor la nueva Ley de Seguridad Vial  (Leído 1282 veces)

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solomoto.Se acaban las suspensiones temporales del carnet.
Después de que ayer saliera publicada en el BOE, hoy entra en vigor parte de la nueva Ley de Seguridad Vial aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 10 de noviembre. Desde hoy hay menos infracciones que restan puntos y se eliminan las suspensiones temporales del permiso.
Las medidas que entran en vigor hoy mismo son las que afectan a las infracciones que restan puntos, que pasan de 27 a 20. Entre las que dejan de restar puntos, destacan las de circular por autopistas o autovías con vehículos en los que esté expresamente prohibido, parar o estacionar en los carriles destinados al transporte público, circular sin alumbrado, o circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores.

También deja de restar puntos, tal como anunciamos el mismo día en que el Congreso aprobó la nueva ley, circular a 120 km/h en las autovías limitadas a 80 km/h por motivos medioambientales.

En cualquier caso, hay que tener en cuenta que estas infracciones, a pesar de que dejan de restar puntos, seguirán comportando su correspondiente sanción económica.

Uno de los temas que también os habíamos comentado y que la DGT estará obligada a cumplir desde hoy es respetar los márgenes de error de los radares, algo que se había intentado eliminar con la nueva Ley mediante una tabla de velocidades a la que los grupos de la oposición forzaron la incorporación de un asterisco que define los márgenes de error entre un 3 y un 10 %.

También se acaba hoy que la DGT pueda imponer suspensiones temporales del carnet, que sólo se podrá perder cuando se haya agotado totalmente el saldo de puntos. En principio, todos los que estaban en proceso de ser suspendidos temporalmente o que tenían el permiso suspendido temporalmente, podrán conducir hoy siempre que mantengan puntos en su saldo.

De todas formas, el eje central de la nueva ley no entrará en vigor hasta el 24 de mayo, pasado seis meses de su publicación en el BOE. Se trata del motivo por el que la DGT presentó el proyecto, que no es otro que agilizar el pago de las multas y el sistema de notificaciones. Se vende como una rebaja del 50% en el importe de la sanción para aquellos que paguen durante los primeros veinte días, pero hacerlo implicará a partir de mayo renunciar a presentar alegaciones, a no ser que sea por vía judicial.

Además, Tráfico podrá ordenar a través de Hacienda el embargo de la cuenta en 45 días si el sancionado ni ha pagado ni ha recurrido.

Siguiendo con el tema de los trámites del proceso sancionador, las gestiones para pagar se podrán hacer a partir de ahora vía correo electrónico, medida que será obligatoria para empresas y opcional para los particulares.

Todo esto, sin embargo, no será hasta dentro de seis meses.

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