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Chincheta Autor Tema: Cambia la devolución IRPF a los antiguos Mutualistas, solo hará un pago por año.  (Leído 194 veces)

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Hacienda cambia la forma de devolver el IRPF a los antiguos mutualistas y solo hará un pago por año.

En 2025 se podrá pedir la compensación de 2019; en la de 2026, la de 2020 y así sucesivamente ...

La Agencia Tributaria cambia la fórmula para hacer las devoluciones del IRPF a los jubilados que en su día aportaron a antiguas mutualidades. Todas aquellas personas a las que el fisco aún no les ha pagado lo tributado de más por los años 2019, 2020, 2021 y 2022 (ejercicios para los que Hacienda habilitó un formulario por internet en marzo para pedir la devolución en bloque), a partir de 2025 solo se les devolverá un año por cada Renta.

Es decir, los formularios que los jubilados o sus hijos o nietos en representación suya rellenaron para pedir la devolución por aportar a mutualidades laborales y que Hacienda aún no haya pagado quedan sin efecto. De modo que si aún tienen pendiente cobrar estos períodos, los solicitarán año por año y por orden de antigüedad.

La Administración va a habilitar a partir del próximo ejercicio y, dentro del plazo para presentar la declaración de la Renta (que suele ser en primavera) un formulario nuevo, también online, para pedir estas devoluciones. De esto modo, los contribuyentes que aún tengan pendiente que se les devuelva lo correspondiente al año 2019 podrán solicitarlo este 2025; la devolución de 2020, se pedirá en 2026; la de 2021, en 2027; y la de 2022, en 2028.

Así lo aclara la Administración en la nueva forma de tramitación a seguir para realizar estas devoluciones que se ha aprobado dentro de la misma ley que saca adelante el nuevo impuesto del 15% para multinacionales.

"La tramitación de los procedimientos se presentarán, prestarán y realizarán en función de la antigüedad del periodo impositivo al que corresponden a razón de un período impositivo por cada año natural iniciado a partir de 2025, A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, las devoluciones del período impositivo 2019 y de los períodos anteriores no prescritos serán exigibles a partir de 1 de enero de 2025", apunta el texto.

De este modo, cuando en la primavera de 2025 se vaya a realizar la Renta correspondiente al ejercicio 2024, los antiguos mutualistas verán en la declaración el ajuste en el IRPF correspondiente a dicho ejercicio 2024 y, además, deberán rellenar el formulario de devolución correspondiente a 2019 y años previos si no les han prescrito.

Dos métodos de pedir la devolución

Por otro lado, Hacienda recuerda que para pedir la devolución del IRPF por estas aportaciones solo hay dos métodos: realizar un rectificación de la declaración de la Renta del año que se quiera pedir la devolución o solicitar una devolución de lo pagado de más al fisco.

Es decir, si en su día, por ejemplo, en el año 2020, se presentó la declaración de la Renta pero ahora se sabe que Hacienda debe devolver parte del IRPF, se hace una rectificación de esa declaración. Y en el caso de que no se presentara la declaración en 2020 (por ejemplo, porque no se llegaba a los ingresos mínimos para hacerlo), pero el fisco debe devolver la parte correspondiente de las mutualidades, se hace una solicitud de devolución de ingresos indebidos.

Los pensionistas que hicieron aportaciones a las mutualidades entre 1967 y 1978 deben minorar en el IRPF el 25% de la parte de su pensión que corresponda a estas contribuciones, mientras que la parte de la prestación que corresponda a aportaciones previas a 1967, no tributa.

Info.- https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13149976/12/24/hacienda-cambia-la-forma-de-devolver-el-irpf-a-los-antiguos-mutualistas-y-solo-hara-un-pago-por-ano.html
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Cómo tendrán que pedir ahora los mutualistas la devolución en el IRPF

Hacienda ha modificado por sorpresa la forma en que quienes ahora son pensionistas tienen que pedir el dinero que cotizaron de más en las antiguas mutualidades.

En plenas Navidades, Hacienda ha descolocado a todos los mutualistas pensionistas. Ha aprobado un cambio que afecta al colectivo que espera devoluciones en sus declaraciones de renta de estos últimos años. Quienes en las antiguas mutualidades cotizaron de más pueden reclamar un 'ajuste de mutualidades' en sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de varios ejercicios. Pero aquí llega la novedad: el modelo que tenían que cumplimentar hasta ahora ya no tiene validez, tal y como ha anunciado la Agencia Tributaria.

Según indica en su página web, "queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024". Asimismo, la Agencia asegura que también quedan sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para recuperar el dinero de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, cualquiera que sea la vía que se haya utilizado para su solicitud. Hasta ahora se podían solicitar varios ejercicios a la vez.

De hecho, el Tribunal Supremo ha reconocido en varias sentencias de este año y el pasado el derecho de los jubilados de este colectivo a recuperar parte de las cuotas declaradas entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. El aluvión de solicitudes caracterizó la pasada campaña de la renta. En algunos de los casos, aplicar el ajuste ha supuesto pasar de pagar 200 euros a cobrar 3.000 de devolución al presentar el IRPF.

Así tendrán que pedir los mutualistas la devolución en el IRPF en 2025

Desde el próximo mes de enero, las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos "se podrán solicitar año a año, a partir de 2025, mediante la presentación de los correspondientes formularios de solicitud de devolución que se pongan a disposición de los mutualistas en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria durante el plazo voluntario de presentación de la declaración del IRPF", ha explicado la administración tributaria.

Este es el calendario para pedir la devolución:

En 2025 se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y al de los anteriores no prescritos.

En 2026, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2020.

En 2027, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2021.

En 2028, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2022.


Info.- https://www.heraldo.es/noticias/economia/2024/12/27/como-pedir-mutualistas-devolucion-irpf-hacienda-2025-1788386.html
« Última modificación: 03/01/2025, 17:10 por duke »

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