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Chincheta Autor Tema: Consejos clave a la hora de hacer la Declaración de la Renta 2019  (Leído 1663 veces)

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Tributación fiscal para la venta de acciones.

Los beneficios obtenidos por la venta de acciones tributan como ganancias y pérdidas patrimoniales en la Declaración de la Renta. Al transmitir un título, se produce una plusvalía por la que tendrá que pagarse impuestos en el IRPF y que se integrará con el resto de las ganancias y pérdidas para tributar dentro de las rentas del ahorro.

Declaración de la Renta: las acciones tributan cuando se venden

Es importante recordar que en esta campaña de Declaración de la Renta 2019 sucede exactamente lo mismo que en años anteriores: solo se pagan impuesos por las acciones en el momento de su venta, es decir, hasta que los títulos no se venden no hay carga fiscal.

En el momento de la venta es cuando el contribuyente tendrá que determinar si hay o no ganancia patrimonial. Y para ello se tomará el precio de venta y se restará al precio de compra de las acciones, teniendo en cuenta que las comisiones se suman a la compra y se restan a la venta. Una vez se calcula el valor de transmisión y de adquisición deben incluirse en el borrador de la declaración de la renta.

Ejemplo:

    Adquisición de 100 acciones de la compañía X con un precio de 5 euros y 10 euros de comisiones.
    Venta de 100 acciones de la compañía X con un precio de 7 euros y 8 euros de comisiones
    Valor de adquisición : 100*5+10= 510
    Valor de transimisión: 100*7-8= 692

Cuando se adquiren acciones de la misma compañía en diferentes momentos y a diferentes precios, se debe aplicar la norma FIFO (First In, First Out) según la cual los primeros títulos que se transmiten son igualmente los primeros que se compraron.

Impuestos: las pérdidas en acciones se compensan con las ganancias

En la declaración de la Renta, las minusvalías en las transmisión de acciones se pueden compensar con las plusvalías, para rebajar la carga fiscal, durante cuatro años a contar desde el año que se generaron. No se pueden compensar minusvalías si se ha incumplido la regla de los dos meses. Esta norma estipula que para poder compesar las minusvalías generadas por la venta de acciones en la Declaración de la Renta deben transcurrir al menos dos meses entre la venta de los títulos y una nueva adquisición de los mismos valores.

Tributación de las acciones

Las acciones tributan en el IRPF en la base del ahorro, a un tipo que oscila entre el 19 y el 23%:

    19%, hasta 6.000 euros
    21%, entre 6.000 y 50.000 euros
    23%, a partir de 50.000 euros



Cómo tributan los dividendos de acciones

Para hacer la Declaración de la Renta 2019, se debe tener en cuenta que el artículo 25.1.a) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, establece que los dividendos tienen la consideración de rendimientos de capital mobiliario. En base a esto, los accionistas que perciben dividendos como propietarios de estos valores deben integrarlos al 100% en la base imponible del ahorro de su declaración de la renta, tributando al tipo que corresponda.

Los tipos para declarar a Hacienda el pago de dividendo son:

    19%, hasta 6.000 euros
    21%, entre 6.000 y 50.000 euros
    23%, a partir de 50.000 euros

Por lo tanto, al hacer la declaración de renta se debe distinguir por un lado el beneficio por la venta de las acciones y por otro el rendimiento obtenido vía dividendo, recordando que este último tributa de forma general como rendimiento de capital mobiliario dentro de las rentas del ahorro.

Declaración de la renta: diferencia entre los tipos de dividendo

Otra de las cuestiones a tener en cuenta a la hora de declarar los dividendos es el tipo de retribución al accionista utilizada por la compañía, es decir, si los dividendos son a cuenta de los resultados, complementarios, extraordinarios o scrip dividends. En todos los casos la tributación es igual salvo cuando se trata de scrip dividends, una fórmula que permite a los accionistas cobrar su retribución en acciones.

Si el inversor recibe derechos de suscripción que recibe como nuevas acciones, sin vender dichos derechos ni en el mercado ni a la compañía, el pago de impuestos se difiere hasta la venta de las acciones de las que proceden los nuevos títulos. A la hora de la venta, la fiscalidad de las acciones del dividendo será la misma que la de cualquier otro título bursátil.

Declarar dividendos: qué tener en cuenta

A la hora de incluir los dividendos en la declaración de la Renta se deben tener en cuenta varias cuestiones. La primera de ella son los ingresos integros equivalente a la suma de los dividendos recibidos, tanto extranjeros como españoles. El segundo factor son las retenciones practicadas en destinos también en el caso de dividendos españoles y de fuera del país. Por último, se debe tener en cuenta los gastos de administración y depósito, que son la suma de todas las comisiones de custodia o de cobro de dividendos.

En el pasado, el cobro de dividendos gozaban de una ventaja fiscal: exención de tributación de los pimeros 1.500 euros obtenidos mediante este tipo de retribución al accionista. Sin embargo, esta exención fue eliminada el 1 de enero de 2015, pasando el 100% de los dividendos a tributar por el IRPF.

Fiscalidad: doble imposición por dividendos

Cada país cuenta con su propia normativa fiscal que las empresas residentes deben cumplir. Por ello, se produce la doble imposición por dividendos, al pagar en primer lugar los impuestos correspondientes en el país de origen del valor y, en segundo lugar, abonar los que marque la normativa en España. Para evitar una mayor carga impositiva existen los convenios de doble imposición entre países.



Cómo tributan las plusvalías de acciones de más de un año

Así, las acciones adquiridas hace más de un año no tienen ningún privilegio fiscal frente a las adquiridas hace menos de doce meses, salvo en el caso de aquellos títulos que permanezcan en cartera desde 1994.

Y es que uno de los cambios que introdujo la reforma fiscal de 2015 fue la eliminación de la diferenciación entre las ganancias patrimoniales a corto plazo y las ganancias a largo plazo.

Hasta entonces, las operaciones en las que se obtenía un rendimiento positivo a corto plazo eran penalizadas, al tributar en la base general del impuesto de forma más gravosa; mientras que las ganancias logradas en más de un año sí se ingraban en la base del ahorro. Sin embargo, desde el año 2015 todas estas ganancias patrimoniales se integran en la base del ahorro.

Los beneficios obtenidos por la venta de acciones tributan como ganancias y pérdidas patrimoniales en la declaración de la Renta. Al transmitir un título, se produce una plusvalía por la que tendrá que pagarse impuestos en el IRPF y que se integrará con el resto de las ganancias y pérdidas para tributar dentro de las rentas del ahorro.

Es importante recordar que en esta campaña de declaración de la Renta 2019 sucede exactamente lo mismo que en años anteriores: solo se pagan impuesos por las acciones en el momento de su venta, es decir, hasta que los títulos no se venden no hay carga fiscal. Es en el momento de la venta cuando el contribuyente tendrá que determinar si hay o no ganancia patrimonial.

Pago de impuestos de acciones anteriores a 1994

La reforma fiscal de 2015 también eliminó el Régimen Transitorio Coeficientes de Abatimiento. Por tanto, la venta de acciones adquiridas antes del año 1994 puede acarrear el incremento de los impuestos que deberan pagarse por la ganancia obtenida.

Cumplen estas características las acciones cuyo precio de venta es superior al valor del bien en el Impuesto sobre el Patrimonio de 2005. Para ello, se debe calcular la ganancia generada entre la compra y ell 31 de diciembre de 2005 y se aplica un coeficiente reductor del 25% por cada año de compra anterior a 1994 (redondeado por exceso), obteniendo así la ganancia exenta y tributando por la diferencia entre la total y esta última.

También cumplen estas características las acciones cuyo precio de venta es inferior al valor del bien en el Impuesto sobre el Patrimonio de 2005. El proceso es el mismo y se tributa por la diferencia entre la ganancia total y la exenta.


Cómo tributan las plusvalías de acciones de menos de un año

Y es que uno de los cambios que introdujo la reforma fiscal de 2015 fue la eliminación de la diferenciación entre las ganancias patrimoniales a corto plazo y las ganancias a largo plazo.

Hasta entonces, las operaciones en las que se obtenía un rendimiento positivo a corto plazo eran penalizadas, al tributar en la base general del impuesto de forma más gravosa; mientras que las ganancias logradas en más de un año sí se ingraban en la base del ahorro. Sin embargo, desde el año 2015 todas estas ganancias patrimoniales se integran en la base del ahorro.

Los beneficios obtenidos por la venta de acciones tributan como ganancias y pérdidas patrimoniales en la declaración de la Renta. Al transmitir un título, se produce una plusvalía por la que tendrá que pagarse impuestos en el IRPF y que se integrará con el resto de las ganancias y pérdidas para tributar dentro de las rentas del ahorro.

Es importante recordar que en esta campaña de declaración de la Renta 2019 sucede exactamente lo mismo que en años anteriores: solo se pagan impuesos por las acciones en el momento de su venta, es decir, hasta que los títulos no se venden no hay carga fiscal. Es en el momento de la venta cuando el contribuyente tendrá que determinar si hay o no ganancia patrimonial.

Pago de impuestos de acciones anteriores a 1994

La reforma fiscal de 2015 también eliminó el Régimen Transitorio Coeficientes de Abatimiento. Por tanto, la venta de acciones adquiridas antes del año 1994 puede acarrear el incremento de los impuestos que deberan pagarse por la ganancia obtenida.

Cumplen estas características las acciones cuyo precio de venta es superior al valor del bien en el Impuesto sobre el Patrimonio de 2005. Para ello, se debe calcular la ganancia generada entre la compra y ell 31 de diciembre de 2005 y se aplica un coeficiente reductor del 25% por cada año de compra anterior a 1994 (redondeado por exceso), obteniendo así la ganancia exenta y tributando por la diferencia entre la total y esta última.

También cumplen estas características las acciones cuyo precio de venta es inferior al valor del bien en el Impuesto sobre el Patrimonio de 2005. El proceso es el mismo y se tributa por la diferencia entre la ganancia total y la exenta.


¿Cómo tributa la compraventa de oro en la declaración de la Renta?

La inversión en oro físico debe hacerse a través del llamado “Oro de inversión” que no otro que el oro que alcanza el nivel mínimo de pureza exigido por la normativa de un país, ya sea en milésimas, quilates o porcentaje.

En la Unión Europea, para que el oro sea considerado como oro de inversión tiene diferentes requisitos, según se trate de lingotes o monedas. Los lingotes deben tener una pureza igual o superior a los 995 milésimas mientras que las monedas deben tener una pureza superior a las 900 milésimas, tienen que haber sido  acuñadas después de 1800, tiene que haber sido de curso legal y deben ser comercializadas por un 80% del valor de mercado del oro contenido en ellas.

El oro de inversión está sometido a un régimen fiscal especial en toda la Unión Europea que le exime del pago del IVA en todas las operaciones de compraventa que realicen. En el caso de que los lingotes o monedas no cumplan las características especificadas en el Anexo de la Ley, el tipo del IVA aplicable sobre este oro ‘no de inversión’ será del 21%, que es también el que se aplica a las transacciones con lingotes y monedas de plata, metal que no disfruta de la misma exención fiscal que el oro de inversión

Sin embargo, en lo que se refiere al Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), cualquier venta de oro debe ser incluida en la Declaración de la renta y tributará en función de las plusvalías o minusvalías generadas por la operación como ganancias o pérdidas patrimoniales según la base imponible del ahorro, es decir, tributa igual que un fondo, acción o  ETF.

    Hasta 6.000 euros, se aplicará un tipo del 19%
    De 6.000 a 50.000 euros, se aplicará el 21%
    De 50.000 euros en adelante se aplicará un gravamen del 23%.

En el caso de que alguien mantenga su posesión de oro de inversión y no realice ninguna operación con él, no será necesario que lo declare ya que no está sujeto a tributación.

Sin embargo, la transmisión de metales precios por un particular a un empresario o profesional del sector está sujeta al Impuesto sobre  Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en su modalidad de “transmisiones patrimoniales onerosas” y no al impuesto sobre valor añadido (IVA)  Así, lo establece el Tribunal Supremo, en una sentencia de 11 de diciembre de 2019, que modifica la doctrina jurisprudencial de la Sala de los Contencioso Administrativa, establecida por sentencia de 18 de enero de 1996.


Cómo tributa la venta de una participación de fondos de inversión

Sin embargo, la fiscalidad de los fondos de inversión es diferente en Navarra y el País Vasco. En el caso del País Vasco estos porcentajes son los siguientes:

    Hasta 2.500 € – 20 %
    Entre 2.500 y 10.000 € – 21 %
    Entre 10.000 y 15.000 € – 22 %
    Entre 15.000 y 30.000 € – 23 %
    Más de 30.000 € – 25 %

Y para la Comunidad Foral de Navarra:

    Hasta 6.000 € – 20 %
    Entre 6.000 € y 24.000 € – 24 %
    Más de 24.000 € – 27 %

Una de las ventajas de los fondos de inversión es que el traspaso entre fondos de inversión está exento del pago de impuestos, de hecho sólo tributan en el caso de que haya reembolsos.

Para el cálculo de las plusvalías o minusvalías en el momento de la venta no solo se tiene en cuenta la diferencia entre el precio de compra y de venta del último fondo, que es el que estamos reembolsando. El cálculo se realiza al comparar el valor del primer fondo en el que se invirtió (independientemente de que después lo hayamos traspasado varias veces) con el valor de reembolso final. Esta cifra te la ofrecerá la entidad financiera con la que operas, por lo que no hace falta ir anotando las cuentas de los traspasos.

Estas ventajas fiscales se cumplen siempre y cuando el fondo de inversión tenga más de 500 partícipes y el capital aportado no haya supuesto en algún momento de los 12 meses anteriores a la fecha de la inversión más de un 5% del patrimonio total del vehículo de inversión. Una casuística que suele cumplirse en la mayoría de casos, y que la entidad financiera debe comunicarlo de no ser así.

Compensación de pérdidas y ganancias

Como ocurre también con las acciones, el artículo 49 de la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) permite que las pérdidas patrimoniales que se integran en la base imponible del ahorro, como por ejemplo la venta de un fondo de inversión con rendimientos negativo, se compensen con el saldo positivo de otro componente de la base imponible del ahorro (dinero en cuenta, plusvalías de acciones, otros fondos de inversión...) con el límite del 25% de dicho saldo positivo.

La fiscalidad de los fondos de inversión también permite que los saldos negativos se compensen con los rendimientos del capital mobiliario, con un límite del 25%. Es decir, con dividendos recibidos ya sea de acciones o fondos, los intereses de depósitos y cuentas remuneradas, el cobro de cupones o la venta de bonos...

Si el 25% de los rendimientos de capital mobiliario no cubrieran todas las pérdidas patrimoniales de los fondos, la cantidad restante se podría ir compensando en los cuatro  años siguientes. Este dato sí es importante que lo tenga y lo recuerde el inversor, ya que la Agencia Tributaria no lo aporta ni lo facilita en los siguientes ejercicios.


Cómo tributa el rescate de un plan de pensiones

Los planes de pensiones son un producto de inversión pensado para la inversión en el largo plazo, con el objetivo de complementar la pensión pública de jubilación. Los planes de pensiones cuentan con dos tipos de fiscalidad distintos: la tributación que tiene cada aportación realizada, que desgrava hasta 8.000 euros anuales en la declaración de la renta, y también la tributación que tiene si se rescata el plan de pensiones.

Los supuestos para poder rescatar un plan de pensiones son los siguientes: invalidez, fallecimiento, desempleo de larga duración, enfermedad grave, desahucio de la vivienda y el último supuesto que entró en vigor en 2015 es el rescate pasados diez años desde la primera aportación, un supuesto que se materializará a partir de 2025.

Este martes 31 de marzo el Gobierno aprobó en su real decreto de medidas económicas para hacer frente al coronavirus que los desempleados afectados por la crisis de la pandemia puedan retirar el ahorro de sus planes de pensiones.

El Consejo de Ministros aprobó este 31 de marzo que los trabajadores que se hayan quedado en situación de desempleo o que hayan sufrido el cese de actividad como consecuencia de la crisis del Covid-19 podrán disponer del ahorro acumulado en sus planes de pensiones.

El borrador inicial de la ley contempla que la nueva posibilidad de rescate se podrá hacer efectiva durante seis meses, por un importe que no podrá superar el salario dejado de percibir mientras se mantenga la vigencia del ERTE o los ingresos netos estimados que se hayan dejado percibir por el cese de actividad o la suspensión de apertura al público del establecimiento.

Sin embargo, los planes de pensiones se pueden rescatar de cuatro manera distintas, que conllevan también una tributación diferente:

En forma de capital: se cobran todos los fondos de una sola vez.

En forma de renta: se recibe de forma periódica un patrimonio del capital aportado. La periodicidad puede ser mensual, trimestral, semestral o anual.

En forma mixta: una parte de los fondos se rescatan en forma de capital y otra en forma de renta.

En forma de disposición: es un rescate del plan de pensiones en forma de renta vitalicia, por lo que la entidad financiera y el ahorrador llegan a un acuerdo y este último percibirá una parte del fondo hasta el final de sus días, sin que necesariamente se agote el dinero gracias a un cálculo estimado por la entidad.

Cuando se hace un rescate de un plan de pensiones, el capital se considera un rendimiento del trabajo, salvo en el último de los casos, por lo que aumentan la base imponible del IRPF y con ello los impuestos a pagar.

Los tramos actuales del IRPF son:

0 a 12.450 € = 19 %

12.451 € a 20.200 € = 24%

20.201 € a 35.200 € = 30%

35.201 € a 60.000 € = 37%

Más de 60.001 € = 45%

En el caso de que el ahorrador decida rescatar su plan de pensiones en forma de capital, es decir, el montante total de una sola vez, puede alcanzar un tramo alto de hasta el 45%, ya que al rescate del plan de pensiones se suma la base imponible de los ingresos percibidos durante ese ejercicio si los hubiera. Por lo que los expertos aconsejan que los planes de pensiones se rescaten en forma de renta para aminorar el impacto recaudatorio.


Fuente.- https://www.estrategiasdeinversion.com/actualidad/noticias/otras/arranca-la-declaracion-de-la-renta-2019-novedades-n-445579
« Última modificación: 01/04/2020, 21:14 por duke »

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