Hola a todos.
Este año pasado, me han despedido , despues de 16 años y me han dado una indemnizacion, me comentan que tendre que pagar el 18% en la declaracion.
Si alguien sabe algo del tema, le agrecederia me que me ayudase, gracias.
Esta exenta de hecho te reproduzco el articulo 7 de la ley IRPF en su apartado e).
Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, en su normativa de desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de sentencias, sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato.
Cuando se extinga el contrato de trabajo con anterioridad al acto de conciliación, estarán exentas las indemnizaciones por despido que no excedan de la que hubiera correspondido en el caso de que este hubiera sido declarado improcedente, y no se trate de extinciones de mutuo acuerdo en el marco de planes o sistemas colectivos de bajas incentivadas.
Espero que haya sido de ayuda. Saludos.