Pero lo has propuesto a la comunidad, Según he leido en el Real Decreto:
Art. 9
2. En los supuestos establecidos en el anterior apartado,
cuando el propietario de un piso o local, o, en
su caso, un arrendatario, desee recibir la prestación de
un servicio de telecomunicación al que pudiera accederse
a través de una infraestructura determinada, deberá
comunicarlo al presidente de la comunidad de propietarios
o, en su caso, al propietario del edificio, antes
de iniciar cualquier obra con dicha finalidad. El presidente
de la comunidad de propietarios o el propietario deberán
contestarle antes de quince días desde que la comunicación
se produzca, aplicándose, según proceda, las
siguientes reglas:
...
b) En el supuesto de que no existiese la infraestructura,
no fuese hábil para la prestación del servicio
al que desean acceder el copropietario o el arrendatario
o no se instalase una nueva ni se adaptase la preexistente
en el referido plazo de tres meses, el comunicante
podrá realizar la obra que le permita la recepción de
los servicios de telecomunicaciones correspondientes.
Si cualquier otro copropietario o arrendatario solicitase,
con posterioridad, beneficiarse de la instalación de las
nuevas infraestructuras comunes o de la adaptación de
las preexistentes que se llevasen a cabo al amparo de
este artículo, se les podrá autorizar, siempre que cumplan
lo previsto en el segundo inciso del artículo 4.2
y por otra parte en la Ley de Propiedad Horizontal dice:
Art.17
2ª. La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de Febrero, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas, comunes o privativos, de aprovechamiento de la energía solar, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.