Hola muy buenas tardes, tengo 60 años cumplidos el día 15 de febrero y 42 años cotizados mi pregunta es la siguiente. Puedo prejubilarme con 61 años y si es así que requisitos mas necesito. Muchas gracias
Buenos dias, como pronto con los datos que proporcionas, solo te puedes jubilar al cumplir los 63 años y con coeficiente reductor, pero tendrías que dar más datos, por lo pronto, en que situación estás en estos momentos.
Un saludo.
Buenos dias, como pronto con los datos que proporcionas, solo te puedes jubilar al cumplir los 63 años y con coeficiente reductor, pero tendrías que dar más datos, por lo pronto, en que situación estás en estos momentos.
Un saludo.
Hola de nuevo estoy trabajando llevo 33 años en la misma empresa sin ningún problema y con trabajo a tope. Yo lo que quisiera es prejubilarme y no se cuando puede ser esto, por eso preguntaba si puede ser a los 61 o tiene que ser mas tarde, eso si el día que me toque jubilarme que sea con el 100 x 100. No se que datos mas hacen falta para que me orientes. Un saludo y muchas gracias.
Hola de nuevo estoy trabajando llevo 33 años en la misma empresa sin ningún problema y con trabajo a tope. Yo lo que quisiera es prejubilarme y no se cuando puede ser esto, por eso preguntaba si puede ser a los 61 o tiene que ser mas tarde, eso si el día que me toque jubilarme que sea con el 100 x 100. No se que datos mas hacen falta para que me orientes. Un saludo y muchas gracias.
Pues si no me equivoco para cobrar el 100 x 100 has de trabajar hasta los 65 años, o bien que la empresa te mande al paro con 63 años por motivos de perdidas en la empresa demostradas,por lo que irias 2 años al paro y cuando termines esos dos años ya tendrías los 65,o bien como en el caso anterior lo puedes hacer anticipadamente a los 61 o los que quieras, y una vez terminado el paro, el tiempo restante,te puedes acoger a un modulo especial y pagar tu a la SS hasta los 65, esto siempre y cuando no cambie nada.
Hace un rato hablando con un vecino me decía que si la empresa mete a otra persona en mi sitio de mutuo acuerdo que seguro que puedo activar lo de la prejubilación. No se como va la cosa lo mas seguro es que coja día y hora en la seguridad social y me informe bien. muchas gracias y un saludo.
Buenos dias de nuevo: la información que te ha dado elruedas, es correctisima, lo último que tu comentas se llama jubilación parcial anticipada y está tendente a desaparecer, consistía en que te prejubilabas parcialmente a los 61 años y hacias un cupo de horas anual y la empresa contrataba a otra persona hasta que tu cumplas los 65 años (edad legal de jubilación), aunque sigue en vigor casi nadie se acoje a ella, ya que el gobierno ha endurecido los costes y la empresa debe pagar progresivamente (aumenta cada año) el seguro de los 2 trabajadores afectados, con lo que llegará un momento que pagará 2 seguros enteros, para tener a 2 trabajadores que con la suma de los 2, hacen 1 jornada entera, pidelo a la empresa, pero me jugaría lo que no tengo, que no te lo harán, ya que es facultad de la empresa y no tuya la concesión de dicha medida.
P.D.: si quieres cobrar el 100% de la pensión, tendrás que esperar irremediablemente a los 65 años, como bien te ha dicho nuestro compañero elruedas.
Un saludo.
Muchas gracias a los dos por la información, el día que pueda pasaré por la seguridad social y comentaré aquí lo que me digan. Muchas gracias y un saludo.
Muchas gracias a los dos por la información, el día que pueda pasaré por la seguridad social y comentaré aquí lo que me digan. Muchas gracias y un saludo.
Pues ya nos diras, yo me encuentro en la misma situación, con 60 años y 46 años cotizados.
saludos