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Chincheta Autor Tema: Un auto da luz verde a multar a los USUARIOS que consuman fútbol pirata.  (Leído 12874 veces)

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https://www.libertaddigital.com/deportes/liga/2024-03-08/la-historica-sentencia-que-cambia-para-siempre-el-consumo-del-futbol-pirata-7105645/
« Última modificación: 08/03/2024, 15:11 por lolacho »
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Noticia tergiversada, al igual que lo tergiversan la mayoría de los periódicos y radios y tv. Según se lee en el enlace puesto anteriormente en un mensaje mío y de otro compañero, un abogado experto en estos temas de propiedad intelectual lo que se da luz verde, sin sentencia firme aún son preliminares, es a perseguir a los clientes que tengan contratados sus servicios y compartan por cardsharing con otras personas . El abogado especializado en Derecho en Internet cree que es ahí donde "las noticias mezclan para dar a entender que lo que se quiere es identificar a los usuarios finales de los servicios IPTV". "Pero lo que autoriza el auto es poder vincular quienes contratan con los prestadores legítimos del servicio y luego redifunden", ha apuntado.



La noticia de libertaddigital es la misma que puso, marca, as etc..... Hoy ya juristas están matizando y aclarando a lo que se refiere el auto
« Última modificación: 08/03/2024, 15:45 por aral »
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Muchas gracias a todos por vuestras opiniones

Acabo de ver a Pedrerol empezar el programa de Jugones diciendo que “Si pirateas el futbol puedes tener problemas” . Vaya tela!! ..jajaj

Esto es una campaña en toda regla. Está claro que La Liga y todo el mundo del futbol quieren seguir con sus privilegios económicos.

Yo por todo lo leído y lo que habéis comentado en este foro, no veo posible que puedan hacer mucho, pero habrá que estar pendientes.

Animo y un saludo a tod@s

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Pues si es verdad, nos vamos a quedar sin luz. Ya iremos investigando.
Salut
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Es cierto lo que comentan algunos compis. Los medios han manipulado el auto. El auto hace referencia al que comparte y distribuye los servicios, pero no al consumidor final de buena fe, el cual no obtiene un lucro economico.

Desde la ley de la Sra. Sinde, quieren acabar con las descargas y las visualizaciones de pelis y de futbol, todo ello sin éxito. ¿Por qué? Porque vulnera derechos como la privacidad de los datos personales y es inconstitucional. Solo en casos muy tasados puede un juzgado autorizar el acceso a esos datos.

Siempre los jueces han atacado al que genera el servidor y distribuye la imagen. Y no en todos los casos. Muchos jueces han pasado del tema. Sin embargo, desde 2021, uno de Barcelona le sigue el juego al de Costa Rica afiliado a Fuerza Nueva. Desde 2021 empezaron a atacar a las cccam, creyendo que se les iba a solventar el problema. Pero, la gente fue lista y buscó otras alternativas. Al ver que no mejoran los ingresos, sino que van peor, pues siguen insistiendo. Las operadoras serán complices de este señor, puesto que son las que acuden a las pujas por adquirir los derechos de la liga y quieren que los clientes pasen por caja.

Mi impresión, es que fracasarán otra vez, dado que se pasan el estado de derecho por el forro, pero viene bien tomar medidas para dificultarles que nos controlen. Empezaron con las webs de srtas de compañia, ahora esto. Esto no se puede aguantar. Si algún compi, tiene algún sistema que lo comparta, please. Yo tambien tengo entendido que se solventa como dicen ustedes.
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Y que pasa si veo por el deco mtv80 o el huster o vivid o los alemanes o franceses estoy cometiendo un delito para la liga?. No me parece logico
« Última modificación: 08/03/2024, 16:12 por angelarturosd »
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yo tengo un monton de dudas: con una vpn se puede ver weps de esas  tipo rojadirecta? ademas muchas estan capadas y necesitas vps si ó si.

en segun que decos ,las ccamm no abren los canales españoles en Astra,pero si canales en hotbird,en 23.5 y en otros muchos satelites.esto esta incluido en este auto sancionador?

si pones una cline que encuentras en una wep(por ejemplo en un facebook de un tio de argelia ó de china)  abres un canal de digi tv,esto es sancionable?pueden probarlo?

si alguien sabe contestar,mucha gente interesada en ver opiniones.
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Noticia tergiversada, al igual que lo tergiversan la mayoría de los periódicos y radios y tv. Según se lee en el enlace puesto anteriormente en un mensaje mío y de otro compañero, un abogado experto en estos temas de propiedad intelectual lo que se da luz verde, sin sentencia firme aún son preliminares, es a perseguir a los clientes que tengan contratados sus servicios y compartan por cardsharing con otras personas . El abogado especializado en Derecho en Internet cree que es ahí donde "las noticias mezclan para dar a entender que lo que se quiere es identificar a los usuarios finales de los servicios IPTV". "Pero lo que autoriza el auto es poder vincular quienes contratan con los prestadores legítimos del servicio y luego redifunden", ha apuntado.



La noticia de libertaddigital es la misma que puso, marca, as etc..... Hoy ya juristas están matizando y aclarando a lo que se refiere el auto
Es decir al usuario final qeu compra la IPTV o el IKS porque hacen referencia a los decos... tambien
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Es decir al usuario final qeu compra la IPTV o el IKS porque hacen referencia a los decos... tambien

No, se diced bien claro, lo que autoriza el auto es poder vincular quienes contratan con los prestadores legítimos del servicio y luego redifunden

Creo que está bien claro que se refiere al ciente de la plataforma que le da servicio a otros. Desde que se cargaron las cccam hay muchos abonados que hacen cardsharing, a esos es a los que hace referencia, que les faciliten la ip y datos de ese cliente o abonado

A ver si queda más claro así: https://www.adslzone.net/noticias/internet/pirateria-futbol-sancion-historica/

Las frases en ese artículo, Sin embargo, esto no quiere decir que se vaya a perseguir al usuario que accede a un partido de manera ilegal, sino a aquellos que utilizan su decodificador para redifundirlo.Concretamente, el auto hace referencia a los suscriptores de Movistar Plus+, que tienen acceso a los partidos de LaLiga para su consumo en exclusiva. Sin embargo, se ha detectado que muchos de ellos tratan de comercializar estos partidos a partir del uso de tarjetas de red que pueden usar otras personas sin autorización , creo que lo deja claro

« Última modificación: 08/03/2024, 17:12 por aral »
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Un poco de luz sobre el asunto.

https://x.com/davidmaeztu/status/1766025574449844405?s=20

Interesante lo del usuario de twitter o X como se llama ahora.

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Buenas tardes, no entiendo mucho del tema pero creo que van a perseguir a los que ven vomitar plus de forma ilegal. Pero si yo veo el fútbol por un canal extranjero no creo que la Liga pueda denunciarme. La solución será ver los partidos por otros satélites. De esta manera no se accede a la señal de Vomitar Plus. Es una opinión muy personal.
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https://www.xatakamovil.com/streaming/no-nadie-te-va-a-multar-ver-partido-laliga-manera-ilegal

NO, nadie te va a multar por ver un partido de LaLiga de manera ilegal

El auto judicial a favor de LaLiga afecta a quien tiene contratado Movistar y se lucra retransmitiendo el partido


El bombazo saltó ayer por la tarde. Un auto del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona autorizó a LaLiga a solicitar a los operadores los datos personales y de contacto de usuarios particulares, incluyendo la IP, el nombre y apellidos, la dirección e incluso el DNI.

La noticia ha generado muchas dudas y confusiones que conviene aclarar. En primer lugar, se trata de un auto judicial para unas diligencias preliminares, no de una sentencia definitiva. Y lo más importante: no van a perseguir al usuario que ve un partido por IPTV, sino a aquel que utiliza su decodificador para reifundirlo.

A quién afecta realmente el auto judicial

Empecemos por el principio. El documento que ha desencadenado la polémica es un auto del Juzgado de lo Mercantil nº8 de Barcelona, con fecha del pasado 13 de febrero, donde la parte demandante es la Liga Nacional de Fútbol Profesional, que solicita unas diligencias preliminares, y la parte demandada son los principales operadores españoles: Telefónica, Orange, Vodafone, el Grupo MásMóvil y Digi.

LaLiga se presenta como parte demandante porque explota y comercializa los derechos audiovisuales de Primera División, y por tanto, tiene los derechos de propiedad sobre ellos. Concretamente, hace referencia a "los contenidos audiovisuales que se ofertan en directo y con acceso exclusivo a clientes residenciales y establecimientos públicos en televisión de pago".

El auto explica que los clientes particulares del servicio por satélite de Movistar Plus+ tienen acceso a esos contenidos "para su exclusivo consumo" mediante antena parabólica, terminal decodificador y tarjeta de cliente.

Sin embargo, a través del método 'Cardsharing', esos usuarios se lucran ofreciendo esas tarjetas en la red para que puedan usarlas otras personas que hayan adquirido equipos de conexión a satélite habilitados para acceder a códigos de tarjetas originales sin autorización e incluso difundir los contenidos en establecimientos públicos.

LaLiga quiere identificar a aquellos usuarios que, mediante cardsharing, comparten la señal para que otros la vean e incluso la difundan

Como el acceso ilícito a dichos contenidos puede efectuarse a través de internet, LaLiga solicita diligencias preliminares para pedir a los prestadores de acceso a internet (es decir, los operadores) que completen la identificación del cliente que contrata el servicio a través del que accede a estos contenidos.

El auto judicial ha admitido esas diligencias, de manera que LaLiga proporcionará a los operadores las direcciones IP y puerto de los servidores, así como la hora de la solicitud. Será entonces cuando el operador deberá aportar todos los datos requeridos para la identificación del usuario.

¿Y qué pasará entonces? El auto establece que "todo ello estaría al servicio de una futura demanda contra las personas así identificadas por infracción de derechos de propiedad intelectual". Es decir, una vez obtenidos los datos del usuario que está redifundiendo los partidos, LaLiga podría interponer una posible demanda de indemnización en el plazo de un mes.

En definitiva, como bien explica el abogado David Maetzu, la justicia respalda a LaLiga en la identificación de los usuarios que se lucran redifundiendo la señal procedente de un operador, pero excluye a "meros consumidores finales de buena fe y sin ánimo de obtención de beneficios económicos o comerciales".

El problema, obviamente, será diferenciar quiénes lo hacen de buena fe y quiénes no, más allá de que podría llegar a considerarse un beneficio económico el hecho de ver un partido gratis cuando habría que pagar por ello. En ese sentido, el auto judicial es bastante ambiguo y, aunque no es su finalidad principal, sí deja una puerta abierta a la identificación de usuarios que acceden a esos contenidos.
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Buena aclaración 👍

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