libertaddigital.- Si bien la Agencia Tributaria aún no ha "colgado" ninguna información específica sobre la próxima campaña, sí va a haber novedades importantes que harán más importante tomar ciertas decisiones, como son obtener beneficios fiscales mayores en las plusvalías por la venta de algunos productos de inversióno anticipar la inversión de la vivienda.
Más teniendo en cuenta que la ampliación en el plazo para utilizar las cantidades aportadas en la cuenta vivienda ha finalizado y que en 2011 el cambio del régimen de desgravación por la compra de vivienda habitual va a sufrir unos importantes recortes que afectaran a la mayoría de la clase media.
Por ello, desde iAhorro.comles ofrecemos una serie de consejos útiles, tanto sobre la fiscalidad, desgravación (Estatal y Autonómica) de muchos productos, para que puedas tomar las decisiones que mejor se ajusten a su realidad económica y financiera.
Planes de pensiones y productos de previsión
Cuando se cambió la legislación, eliminando las ventajas fiscales si se cobraba los ahorros de muchos años en un plan de pensiones en forma de capital (una reducción de un 40% para las ganancias generadas en periodos superiores a dos años) y primándose por tanto cobrar en forma de renta, la patronal del sector (Inverco) y muchos analistas creyeron que iba a suponer un duro varapalo al sector.
Transcurrido el tiempo, éste no ha sido tan importante y ha pasado algo desapercibido frente a otros problemas "coyunturales" importantes, como ha sido la falta de liquidez de muchas familias para seguir haciendo sus aportaciones regulares a su sistema individual de planes de pensiones o incluso, cada vez en más casos, su rescate anticipado por desempleo de larga duración.
Pero no hay que olvidar que hasta su rescate, ya sea a la hora de la jubilación o en caso de alguna contingencia de las contempladas y ampliadas como en el caso de desempleo, nuestras plusvalías anuales no se verán con Hacienda.
El planteamiento práctico, especialmente para aquellos que el horizonte de la jubilación es aún lejano, es que igual que la legislación ha cambiado en este sentido puede haber decenas de cambios hasta que llegue la hora de su cobro, aunque sí parece claro que se primará el cobro en forma de renta periódica para completar nuestra jubilación, cuyo futuro con el descenso espectacular de cotizantes a la Seguridad Social se está convirtiendo en un problema.
En el resto de los aspectos, los límites por desgravación no cambian y sigue siendo atractivo. No hay que olvidar que después de finalizar la compra de la vivienda habitual (y a partir del 2011 más aún) éste es el único producto "universal" en el que poder obtener beneficios fiscales.
La desgravación sigue invariable respecto a los cambios del 2007. La aportación tiene como límite el 30% de la suma de los rendimientos de trabajo y actividades económicas para los menores de 50 años con un límite de 10.000 euros, que se aumenta hasta el 50% y 12.5000 euros si eres mayor de 50 años. Este límite es global, es decir, suma el conjunto de todos los sistemas de previsión social que tenga el contribuyente, teniendo en cuenta los planes de empresa en caso de que lo tenga.
Vivienda habitual
La compra de la vivienda habitual supone en estos momentos la mayor oportunidad de desgravación para todos los contribuyentes. Pero esta situación va a cambiar a partir de 2011, por lo que este año se espera que sean muchos los que hagan, o por lo menos intenten, hacer el esfuerzo final para poder adquirirla.
Igualmente pasa con las cuentas ahorro vivienda. Acabada toda moratoria, como sucedió en años anteriores, el que tenga intención de comprar una vivienda en los próximos cuatro años puede abrirla sin ninguna de las restricciones futuras.
Las aportaciones, igual que para los que compren una vivienda desde el 2006 un 15%, pero a partir del próximo año, esta desgravación será exclusivamente para las rentas más bajas (que paradójicamente son las que tienen más difícil conseguir una hipoteca), ya que sólo quien gane menos de 18.000 euros brutos anuales seguirá teniendo acceso a la desgravación (con un máximo de 9.015 euros), y quienes ganen entre 18.000 y 24.000 euros verán cómo esa desgravación baja de forma lineal hasta desaparecer cuando se cobre 24.000 euros.
Esto también incluye a los que piensan vender su vivienda habitual para comprar otra de mayor valor y poder desgravarse por la diferencia entre ambas. Si su renta supera los límites tampoco puede acogerse, lo que puede repercutir en un parón de la venta de vivienda de segunda mano.
Un punto muy importante, es que el origen de la desgravación no se inicia cuando se entrega las llaves sino cuando se firma el contrato de compra-venta, por tanto, puede comprar la vivienda en 2010 y obtener beneficios fiscales aunque las llaves se las entreguen en 2011. Igual pasa con las cuentas vivienda: si cumplen los cuatro años puede firmar un contrato de compra-venta sin perder las subvenciones conseguidas aunque la entrega de llaves sea muy posterior.
Materialice las pérdidas
Este consejo fiscal universal sigue teniendo por supuesto su vigencia este año. Si tienes pérdidas aún no realizadas en fondos de inversión, valores o en cualquier otro elemento patrimonial puedes aprovechar para su venta total o parcial y compensarlo por ganancias patrimoniales.
Aunque no tenga plusvalías en este ejercicio, tienen hasta 4 años para hacerlo. Eso sí, las pérdidas patrimoniales no se pueden compensar con las rentas de la base general como los rendimientos del trabajo, actividades económicas, o alquileres (rendimiento del capital inmobiliario)
Materialice también las ganancias
El cambio de tributación que ha elevado el tipo impositivo del 18% al 19% para las plusvalías menores de 6.000 euros y hasta el 21% si el importe es mayor, con independencia del tiempo de generación de las mismas, nos "obliga" también a que este año estudiemos la conveniencia de deshacer inversiones en activos de poca rentabilidad como puede ser un Fondo de Inversión Monetario o de Renta Fija, ya que la subida de impuestos puede ser mucho mayor que las ganancias a conseguir en uno o incluso más ejercicios (muchos fondos están logrando ganancias menores al 1% anual). Por ello, si pensaba desinvertir puede que en muchos casos sea más rentable hacerlo parcialmente para no dar el salto del 19% al 21%.
Estudie las desgravaciones autonómicas
Por último, existen desgravaciones sobre la base imponible que va destinada a nuestra Autonomía de todo tipo, desde uniformes escolares hasta alquiler de piso o nacimiento de un hijo. Como Hacienda no ha publicado ninguna guía, le recomendamos que averigüe si siguen vigentes las del año anterior (la guía de la renta 2008 se puede seguir descargando en la web de Hacienda) y continúan, por ejemplo, en las páginas de su respectiva autonomía. Anticípese recopilando información necesaria para tener justificada el derecho a esta desgravación.