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Chincheta Autor Tema: Hacienda prima las plusvalías de empresas frente a los particulares  (Leído 1121 veces)

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cincodias.Las plusvalías obtenidas por las empresas y las personas físicas -beneficios ligados a la venta de inmuebles o de acciones, entre otros- siempre han tributado al mismo tipo efectivo desde que en 2002 se aplicó por primera vez la actual deducción por reinversión de beneficios extraordinarios. Desde entonces, gobiernos socialistas y populares han seguido la misma política y cualquier reforma en el IRPF que modificara la tributación de las plusvalías para las personas físicas incorporaba, a su vez, un cambio equivalente en el impuesto de sociedades -tributo que grava los beneficio empresariales-.

Fuentes de Hacienda aseguraron a este periódico que el Gobierno esta vez no modificará la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios para equiparar la tributación de las plusvalías en el impuesto de sociedades y en el IRPF. El tipo que se aplica a las rentas del ahorro aumentará en 2010 del 18% al 19% para los primeros 6.000 euros y, a partir de ese nivel, tributará al 21%. Mientras que las plusvalías empresariales que puedan acogerse a la deducción seguirán aplicando el tipo del 18%. El Gobierno -que también ha aprobado una rebaja de cinco puntos en el impuesto de sociedades para las pymes que mantengan el empleo- considera contraproducente en un momento de crisis como el actual recortar la mayor deducción por volumen que beneficia a las empresas.

En 2002, cuando el tipo de sociedades se situaba en el 35%, la deducción por reinversión se fijó en el 17%, de tal forma que la tributación efectiva de las plusvalías empresariales ascendía al 18%, el mismo tipo que por aquel entonces gravaba los beneficios extraordinarios de las personas físicas.

Y cuando el Gobierno del Partido Popular rebajó en 2003 el tipo sobre las plusvalías en el IRPF del 18% al 15%, la deducción se incrementó en otros tres puntos (ver gráfico). También las modificaciones fiscales impulsadas por el Gobierno socialista en la primera legislatura -rebaja en el impuesto de sociedades o aprobación de un tipo fijo del 18% para todas las rentas del ahorro- tuvieron en cuenta siempre esa regla.

Sin embargo, como apunta Luis del Amo, director del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), la tributación de las plusvalías empresariales pueden aplicar un tipo efectivo del 18% sólo cuando los beneficios extraordinarios se destinan a reinversión, mientras que las personas físicas no tienen ninguna restricción en este sentido.
Un beneficio fiscal ligado a múltiples condiciones

Si bien es cierto que los cambios fiscales para 2010 penalizan las plusvalías de las personas físicas y no las empresariales, las condiciones para que una empresa pueda acogerse a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios se ha ido endureciendo.

Por ejemplo, los beneficios obtenidos por la venta de un edificio sólo podrán gozar de la deducción si el inmueble esta ligado a una actividad económica. Por otra parte, como apunta Alberto Estrelles, socio en el Área Fiscal de KPMG Abogados, la obligación de reinvertir las plusvalías obtenidas impide a muchas empresas acogerse a la deducción y, por tanto, tributan al 30%. En momentos de crisis, la prioridad de las compañías se centra en hacer frente a sus obligaciones diarias y la inversión queda en un segundo término.

De hecho, los Presupuestos estiman que los beneficios fiscales ligados a la deducción por reinversión caerán un 22,8% en 2010 hasta los 1.140 millones. La deducción es la misma, lo que faltan son plusvalías para aplicarla.

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