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Chincheta Autor Tema: La OCU recuerda el nuevo límite para pagos en efectivo  (Leído 1186 veces)

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La OCU recuerda el nuevo límite para pagos en efectivo.

Desde el 11 de julio está prohibido que un consumidor pague en efectivo más de 1.000 euros a un empresario o profesional, con lo que deberá usar otros medios.

El límite para pagar en efectivo se reduce cada año. El pasado 11 de julio, entró en vigor la nueva Ley contra el Fraude, aprobada a finales de junio, en la que, además de regularse las criptomonedas, se establecía una reducción en la cantidad de dinero que está permitido pagar en efectivo. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda que “a finales de 2012 se prohibieron los pagos en efectivo de operaciones por un importe igual o superior a 2.500 euros, con la única excepción de los pagos entre particulares y los realizados en entidades financieras”.

Ahora, ese límite ha descendido todavía más, hasta los 1.000 euros, con motivo del plan que está ejecutando el Gobierno para lograr la “desaparición definitiva” del pago en efectivo. De esta forma, cualquier pago de un consumidor a un empresario o profesional que sea superior a esta cantidad deberá hacerse por otros medios que permitan identificar la operación, como transferencia bancaria o tarjeta.

Asimismo, la OCU señala que “el límite es por operación, lo que significa que, si la factura de la operación completa supera el límite, aunque se fraccione el pago, no podrá pagar nada en efectivo. Por ejemplo, si la factura asciende a 1.500 euros, no puede pagar 500 euros en efectivo y el resto de otra manera, se toma como referencia el importe total de la transacción”.

Sanciones por incumplir la norma

Incumplir este límite acarrea ser sancionado una multa del 25% del importe abonado. “La sanción es solidaria, y responderán de ella tanto el pagador como el receptor del dinero, y Hacienda podrá exigírsela tanto uno como al otro”, especifica la organización.

En cambio, quedará exenta de responsabilidad la persona que denuncie la infracción dentro de los tres meses siguientes al pago. “Tenlo en cuenta, porque si pagas a un empresario o profesional una cantidad superior a 1.000 euros, y ese prestador del servicio decide denunciarte, Hacienda sólo te exigirá la multa a ti y a él nada porque al primero que presenta la denuncia se le exime de responsabilidad”, advierte.

Menos del 40% de los españoles paga en efectivo

El dinero en efectivo es cada vez menos habitual en la sociedad, y la pandemia de COVID-19 ha agravado su situación, pues las autoridades sanitarias recomiendan el uso de tarjeta o herramientas como Bizum para minimizar el contacto y el riesgo de contagio.

Según la Encuesta Nacional sobre el Uso del Efectivo publicada en julio, solo el 35,9% de los españoles manifestó usar el efectivo como medio de pago más habitual en 2020, un descenso que es “sostenido desde 2014”, cuando casi un 80% de los encuestados lo elegía como su método más empleado. En cambio, “aún se mantiene como el medio más usado en las franjas de población de menor y de mayor edad”, es decir, entre los mayores de 64 años y las personas de entre 18 y 24 años.

El documento confirma así que el efectivo “se ha visto afectado por la pandemia COVID-19 como medio de pago minorista, situándose su preferencia de uso en un segundo lugar, tras la tarjeta de débito”. En concreto, el 54,1% de los encuestados se decanta por esta opción como su medio de pago preferido.

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Cuándo detecta Hacienda los ingresos de dinero en efectivo

La Agencia Tributaria vigila ciertas cantidades de dinero que se paguen en efectivo, con lo que el ciudadano debe estar preparado para acreditar su procedencia.

Las tarjeas de crédito se han impuesto como método de pago en detrimento del dinero en efectivo. Si bien este proceso lleva produciéndose durante años, la pandemia lo ha acelerado, pues las autoridades recomiendan evitar al máximo el contacto físico. Sin embargo, todavía hay muchas personas que prefieren pagar en metálico. Esta práctica es totalmente legal, pero sus partidarios deben saber que Hacienda está muy pendiente de estas operaciones porque suelen estar más relacionadas con la economía sumergida.

Concretamente, el organismo vigila los pagos en efectivo que superen los 500 euros y cualquier ingreso en nuestra cuenta bancaria que supere los 3.000 euros. Las propias entidades bancarias son las responsables de informar sobre esto a la Agencia Tributaria. Esto podría no suponer ningún problema, pues si Hacienda considera que el movimiento es lícito no lo inspeccionará ni sancionará. En cambio, si sospecha algo, sí iniciará una investigación y el ciudadano deberá acreditar la procedencia del dinero.

Asimismo, el Gobierno aprobó a finales de 2020 una nueva norma para reforzar la lucha contra la elusión fiscal compleja y la economía sumergida. La Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, limita el pago en efectivo para determinadas operaciones de 2.500 a 1.000 euros tanto para empresas como para particulares. Superar este límite es constitutivo de infracción administrativa grave y conlleva sanciones del 25% del del valor de la transacción que se haya realizado.

Declaración del dinero
En cualquier caso, el contribuyente debe declarar el dinero a Hacienda, tanto si lo tiene en la cuenta, en el banco o en casa. Lo más común es hacerlo en la declaración de la Renta, donde ese dinero debe quedar clasificado como procedente de rentas del trabajo, de actividades económicas, de capital mobiliario, de capital inmobiliario... Si no se declara o se hace de forma tardía, se pueden aplicar multas y recargos en función de si el contribuyente lo acaba declarando de forma voluntaria o si lo hace tras una notificación de Hacienda, lo que podría elevar las sanciones hasta el 50% y el 150% del dinero no pagado.

Riesgos de guardar el dinero en casa

Además de los problemas que puedan producirse con Hacienda, el portal HelpMyCash advierte de que guardar el dinero en casa tiene varios riesgos:

- Desastres naturales: un incendio o inundación pueden hacer destruir una vivienda, haciendo que todo lo que hay en su interior desaparezca para siempre. Esto puede ser especialmente problemático si no se ha contratado un seguro que cubra ante estas situaciones.

- Robos: en 2020 se notificaron 70.481 robos con fuerza en domicilios en España, según los datos del Ministerio del Interior. Las alarmas y una caja fuerte pueden ayudarnos a guardar el dinero, pero no garantizan nada.

- Inflación: al guardar el dinero en casa también existe el riesgo de que la inflación nos haga perder poder adquisitivo, ya que el dinero se va devaluando a medida que esta aumenta.

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La cantidad máxima que se puede sacar del cajero sin declararlo

Como medida contra el fraude fiscal, los bancos pueden pedirnos explicaciones para operaciones con grandes cantidades de dinero en efectivo.

El pasado 11 de julio, entró en vigor una nueva normativa sobre pagos en efectivo. Desde entonces, la cantidad máxima para estas transacciones es de 1.000 euros por operación. El objetivo de esta medida es luchar contra el fraude fiscal y su incumplimiento puede acarrear sanciones de un 25 % del importe abonado.

Las operaciones por encima de esta cantidad deberán realizarse mediante otras formas de pago, como por transferencia o con tarjeta de crédito. Esto permite al Banco de España y a la Agencia Tributaria tener constancia de los movimientos que se realizan.

La normativa sobre los pagos en efectivo implica que los bancos pueden pedirnos explicaciones al retirar cantidades de dinero por encima de los 1.000 euros. A partir de esta cifra, la entidad puede solicitar que nos identifiquemos e incluso dejar constancia del movimiento, sobre todo si ve indicios de blanqueo.

No obstante, la cantidad máxima que se puede ingresar o retirar del banco sin justificación son 3.000 euros. Cualquier movimiento que rebase esta cantidad será notificado al Banco de España y a la Agencia Tributaria. Para este tipo de operaciones, es conveniente avisar al banco con uno o dos días de antelación. De este modo, además de evitar que la entidad bloquee la operación, conseguiremos que el personal disponga de una mayor variedad de billetes.

En cajeros automáticos

Por otro lado, los cajeros automáticos cuentan con un límite diario que fija cada banco. Este límite suele ser menor que la cantidad a partir de la cual estamos obligados a identificarnos. En cualquier caso, estas transacciones se rigen por las mismas reglas, dado que la Agencia Tributaria no distingue entre operaciones en ventanilla o en cajero.

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