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Chincheta Autor Tema: Que tienes que llevar al banco para cobrar un premio de Loterías ...  (Leído 478 veces)

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Que tienes que llevar al banco para cobrar un premio de Loterías ...

Si sueles participar en un sorteo, como el Euromillones, la Lotería de Navidad, o el Cuponazo de la ONCE, por ejemplo, ¿alguna vez te has planteado lo que tienes que para cobrar un premio de lotería? La web de Loterías y Apuestas del Estado lo explica todo al detalle. Una vez tengas claros una serie de puntos, te resultará muy sencillo saber cómo debes actuar en cada caso.

Cuantía del premio

Si se trata de un premio menor, igual o inferior a 2.000 euros, puedes cobrarlo en cualquiera de los casi 11.000 puntos de venta de la Red Comercial de Loterías repartidos por todo el territorio nacional a partir del día siguiente al del sorteo. Por lo tanto, no tienes por qué cobrar el premio en la misma administración en la que compraste el décimo o el resguardo.

¿Y si el premio es superior a 2.000 euros? Entonces sólo puedes cobrarlo en una entidad financiera autorizada.

Número de beneficiarios

Si hay un único beneficiario todo es muy fácil. Pero la cosa se complica cuando se trata de un premio superior a los 2.000 euros y quieres compartirlo con familiares y/o amigos. Las entidades financieras, para poder hacer el pago del premio, tienen que identificar a todos los beneficios.

Teniendo esto en cuenta, es requisito que todos los que vayáis a cobrar el premio acudáis a la entidad bancaria. Ahora bien, si el grupo es muy numeroso, tenéis la posibilidad de, voluntariamente, designar un representante para que haga la gestión en nombre de todos. Este apoderamiento se tiene que conferir en documento público ante notario.

Todos los años, especialmente después de la Lotería de Navidad, surgen conflictos entre familiares y amigos al cobrar el premio. Para evitar una situación de este tipo, lo mejor es hacer las cosas bien desde el principio. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda fotocopiar el décimo o el resguardo, y entregar a cada participante una copia firmada con el nombre y el DNI del depositario. En la fotocopia, hay que indicar además el nombre y el DNI que juega en ese número y la cantidad por la que lo hace.

Por último, cabe señalar que si estás casado en régimen de gananciales, a tu cónyuge le corresponde el 50% del premio.

Fuente.-

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